Edictos | EDICTO
A los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 83 inc. 3° y 88 de la Ley N° 19.550 se hace saber por...
A los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 83 inc. 3° y 88 de la Ley N° 19.550 se hace saber por tres días que: 1) LAS LAJITAS S.A. (con domicilio social en Estancia Don Pedro Ruta Provincial 5 Km. 100 de la localidad de Las Lajitas e inscripción en el Registro Público de la Provincia de Salta con fecha 28/02/1985, al Folio 387/388, Asiento N° 896 del Libro N° 3 de Sociedades Anónimas), como sociedad absorbente y escindente, en Asamblea General Extraordinaria N° 72 de fecha 29/12/2025; y LAS LEGUAS S.A. (con domicilio social en Juramento 72 de la Ciudad de Salta e inscripción en el Registro Público de la Provincia de Salta con fecha 28/09/2007, al Folio 58/59, Asiento N° 3.685 del Libro N° 14 de Sociedades Anónimas), como sociedad absorbida, en Asamblea General Extraordinaria de accionistas N° 24 de fecha 29/12/2025; han resuelto aprobar por unanimidad el Compromiso previo de fusión-escisión suscripto el 11/12/2025. 2) La valuación del activo y del pasivo de las sociedades fusionadas ha sido realizado sobre bases homogéneas y criterios idénticos al 30/09/2025 (conforme balance especial de fusión-escisión) arrojando los siguientes importes: LAS LAJITAS S.A.: Total del Activo: $ 8.498.442.091,70, Total del Pasivo: $ 79.703.301,71. LAS LEGUAS S.A.: Total del Activo: $ 2.643.618.181,03 Total del Pasivo: $ 19.763.586,18. 3) En cumplimiento de dicho compromiso se aprobó la disolución sin liquidación de Las Leguas S.A. y la escisión parcial de las Lajitas S.A. mediante la constitución de las siguientes sociedades escisionarias: a) PIONEROS DE ANTA S.A. con domicilio legal en la Provincia de Salta; b) SANTA CECILIA SUR S.A. con domicilio legal en la Provincia de Salta; c) LOS REALES DE ANTA S.A. con domicilio legal en la Provincia de Salta; d) POTRERO DE ANTA S.A con domicilio legal en la Provincia de Salta.; e) ANTANOR S.A. con domicilio legal en la Provincia de Salta. 4) La distribución del patrimonio fusionado en las sociedades escisionarias (conforme balance especial de fusión-escisión) arroja los siguientes estados patrimoniales: a) PIONEROS DE ANTA S.A. Activo $1.335.923.805,03 Pasivo $0 PN $1.335.923.805,03; b) SANTA CECILIA SUR S.A. Activo $235.472.926,15 Pasivo $0 PN $235.472.926,15; c) LOS REALES DE ANTA S.A. Activo $3.925.922.707,58 PasivoS 16.461.427,28 PN $3.918.438.751,00; d) POTRERO DE ANTA S.A. Activo $ 5.233.511.962,84 Pasivo $ 378.840,60 S 5.233.133.122,24; e) ANTANOR S.A. Activo $232.686.916,23 Pasivo $0 PN $232.686.916,23; f) LAS LAJITAS S.A. Activo $169.564.484,23 Pasivo $82.626.620,03 PN $ 86.937.864,21. 5) En virtud de lo anterior, el capital social de Las Lajitas S.A se reduce a la suma de $ 287.430. Como consecuencia el capital social queda conformado por 284.730 acciones de $ 1 valor nominal cada una. Por lo que el Artículo Cuarto del Estatuto Social queda redactado de la siguiente manera: "El capital social es de doscientos ochenta y siete mil cuatrocientos treinta ($ 287.430) representado por doscientos ochenta y siete mil cuatrocientos treinta (287.430) acciones ordinarias nominativas no endosables, con derecho a cinco votos por acción, de valor nominal de 1 peso ($ 1) cada una. El capital social podrá ser aumentado hasta el quintuplo por decisión de asamblea ordinaria, en las condiciones estipuladas por el artículo 188 de la Ley 19.550." 6) Los reclamos y oposiciones de ley podrán presentarse en Juramento 72, en días hábiles y en el horario de 09:00 a 13:00 hs. dentro de los 15 días desde la última publicación de este aviso y tal como lo dispone el art. 88 incisos 4, 5 y 6 y el artículo 83 inciso 3 de la Ley 19.550. Suscribe el presente el Dr. Ramiro Andrés García Pecci autorizado mediante Acta de Asamblea General Extraordinaria N° 72 de Las Lajitas S.A. celebrada el 29 de Diciembre de 2025 y mediante Acta de Asamblea General Extraordinaria N° 24 de Las Lajitas S.A. celebrada el 29 de Diciembre de 2025. Fdo. Dr. Ramiro Andrés García Pecci.