Edictos | EDICTO
La Dr. INES VILLA NOUGUES, a cargo del Juzgado de 1ra. Instancia en lo Civil de Personas y Familia 1ra. Nominación, Secr...
La Dr. INES VILLA NOUGUES, a cargo del Juzgado de 1ra. Instancia en lo Civil de Personas y Familia 1ra. Nominación, Secretaría de la Dra. MARIA JOSE ROMERA, en los autos caratulados: "RIOS, NOLBERTA VS. RIOS LEOPOLDO - IMPUGNACIÓN DE FILIACIÓN", Expte. N° 859215/2024, hace conocer que se ha inciado el presente proceso de Acciones Referidas al Nombre Impugnacion de Filiacion del Sra. NOLBERTA RIOS, D.N.I. N.° 24.900.645. En consecuencia, publiquense edictos una vez por mes en el lapso de dos meses en un diario de mayor circulación . Para mayor recaudo se transcribe la siguiente providencia: "Salta, 28 de Julio de 2026.- Por expedido el Ministerio Fiscal.- Atento a lo requerido por el Ministerio Fiscal, respecto del trámite previsto por el art. 70 del CCyC, PUBLÍQUENSE EDICTOS en un diario oficial de mayor circulación, una vez por mes en el lapso de dos meses.- Fdo. Dra. María José Romera. Secretaria. ARTÍCULO 70.- Proceso. Todos los cambios de prenombre o apellido deben tramitar por el proceso más abreviado que prevea la ley local, con intervención del Ministerio Público. El pedido debe publicarse en el diario oficial una vez por mes, en el lapso de dos meses. Puede formularse oposición dentro de los quince días hábiles contados desde la última publicación. Debe requerirse información sobre medidas precautorias existentes respecto del interesado. La sentencia es oponible a terceros desde su inscripción en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas. Deben rectificarse todas las partidas, títulos y asientos registrales que sean necesarios. Salta, 24 de Agosto de 2026.



