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EDICTO CITATORIO REF. EXPTE. N° 0090034-101738/2025-0
El Consorcio de Usuarios del Sistema Hidrico El TUNAL, (CUS...
EDICTO CITATORIO REF. EXPTE. N° 0090034-101738/2025-0 El Consorcio de Usuarios del Sistema Hidrico El TUNAL, (CUSH) ha solicitado a la Secretaria de Recursos HÃdricos que se Cite y emplace a los titulares Registrales de los Catastros que a continuación se enumeran y/o a los usuarios de aguas publicas a regularizar sus deudas que por canon de riego y prorrata poseen, por ante el mencionado Consorcio, debiendo abonar por ante ese Consorcio los conceptos de canon y prorrata por los periodos adeudados sirviendo esta citación como acto interruptivo de los plazos de prescripción y reiteración de las anteriores intimaciones de pago ya efectuadas con sus alcances propios. Los usuarios y/o concesionarios de agua publica del sistema El Tunal son los siguientes: Suministros N°: 6;84;I65; Catastros N°: I; 19; 66; 67; 72; 78; 105; 111, 130; 131, 138; 139; 141; 170; 224; 227; 332; 450; 501; 542; 543; 721; 724; 742; 767; 782; 804; 806; 853- Suministros 202 y 204; 2090; 2346; 2587;2588; 7790; 8646;12.641; 1924-Suministros193, 443 y 703; 1925; 4385; 4868; 5305; 5437 y 5818 todos del Dpto. Anta, Provincia de Salta y los Catastros N°: 16; 44; 81; 135; 167; 249; 262; 263; 266; 271; 323; 715; 757; 1005; 1040;°I 139; 1140; 1141; 1155; 1226; 1668; 4264; 8790; 59; 474; 645; 8242; 12.545 del Dp10. Metan, Provincia de Salta, y Suministros N°: 29,296,310, todos del Dpto. Metan. Se advierte que si alguno de estos Catastros estuviere anulado y/o subdividido y/o desmembrado o hubiere cambiado de caracter de rural a urbano ante la Dirección Gral. De lnmuebles, sus titulares registrales deberán presentarse por ante la Secretaria de Recursos Hidricos a regularizar tal situación respecto de las concesiones de uso de agua publica superficial y/o subterránea, como o asà tambien si estuviere alguno de ellos con sus deudas al dÃa tenga a bien desestimar el presente. La falta de cumplimiento del pago en el plazo de 30 dias habiles ocasionara la aplicación del Regimen Contravencional previsto en el Código de Aguas y su Decreto Reglamentario 2299/03. Finalmente todos los titulares registrales deberán finalizar sus tramites de concesión hasta la obtención del pertinente decreto, todo ello ante la Secretaria de Recursos Hidricos de la Provincia. Conforme a las previsiones de los arts. 24 inc. b), 54, 58, 59, 60,184, 192,193, 201, 202, 311, 312, 313, ss y cc. del Código de Aguas y su Decreto Reglamentario se ordena la publicación de la presente gestión en el BoletÃn Oficial y en un diario de circulación en toda la provincia, por el termino de 3 (tres) dÃas. Se encuentra autorizado a diligenciar el presente el Ing. Victorio Beltrame. Ello para que, en función del art. 309 del mismo cuerpo legal, las personas que tengan derecho o interes legÃtimo tomen conocimiento de que podrán hacerlo valer en el termino de treinta (30) dÃas habiles contados desde la ultima publicación, ante la Secretarfa de Recursos Hidricos, sita en Avda. Bolivia 4650, 1er Piso, de esta Ciudad de Salta, pudiendo consultar las caracterfsticas tecnicas de dicha captación.- Fdo. DRA. SILVIA F. SANTAMARIA-ABOGADA- JEFE PROGRAMA JURIDICO. SECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS, Salta, 02 de JuLio de 2025. Sello Dra. Silvia Santamaria Jefe de Programa JurÃdico Secretaria de Recursos Hidricos